La Estructura Neoconstitucionalista del Estado Ecuatoriano. Carolina Baca

Carolina Baca

El Ecuador a partir del 2008 inició un proceso de cambio de estructura del Estado, lo que exige no solo un cambio legal sino una transformación institucional y cultural. El modelo de estado Kelseniano y liberal perdió fuerza debido a una crisis que no se originó desde 1998 sino que venía desde la misma fundación del Estado Ecuatoriano, el cual pasó por un sistema conservador, liberal, dictatorial y democrático acompañado con fenómenos que van desde el derrocamiento de presidentes, migración masiva hasta la globalización y crisis económica mundial, teniendo como resultado: exclusión y desigualdad. La Constitución como elemento histórico en la construcción del Estado debe ser observada como un reflejo del pensamiento de quienes tuvieron el poder[1], que creían que el modelo de estado que surgió en la Revolución Francesa era la respuesta adecuada para la igualdad entre las personas y la satisfacción de sus necesidades o bien para responder a intereses propios; lo que el pasar el tiempo demostró fue que esto no era necesariamente justo y no garantizaba el cumplimiento efectivo de los derechos humanos.

El Ecuador en el año 2008 adoptó una Constitución que reivindica a ciertos sectores de la sociedad que demandaban ser incluidos; lo que ameritaba no solo agregar reglas en la Constitución sino transformar todo la estructura estatal, de esta manera la tradicional división de tres poderes inventada por Monstesquieu dejó de ser parte de la estructura del estado Ecuatoriano y ahora existen cinco[2] poderes cuya relación es de coordinación y no de subordinación con el fin de ser un sistema de pesos y contrapesos que limita el poder[3].

Esto responde también al debilitamiento del constitucionalismo en América Latina gracias a una no buena relación entre los elementos que forman parte de la dimensión jurídica del derecho Constitucional: la democracia, el gobierno y el derecho[4]. Bajo este panorama surge el Neoconstitucionalismo como una nueva teoría de derecho que sobre pasa a la tradicional teoría pura del derecho; el Nuevo Constitucionalismo como una preocupación en la dimensión jurídica de la Constitución y su legitimidad democrática, el Neoconstitucionalismo Latinoamericano como una necesidad de que sus asambleas constituyentes respondan a la pregunta de ¿cómo se soluciona el problema de la desigualdad?[5]; y, el Neoconstitucionalismo Ecuatoriano (pues el modelo es único en América Latina), que según el preámbulo de la Constitución con la estructura del Estado, pretende una forma de convivencia ciudadana para alcanzar el buen vivir, cuya sociedad debe respetar la dignidad de las personas, comprometerse con la integración latinoamericana y ser solidaria con todos los pueblos de la tierra[6], para lo cual la estructura constitucional del estado pasó por una metamorfosis: del estado social de derecho al Estado constitucional de derechos y justicia.

Leer ensayo completo



[1] Danilo Caicedo, Tapia y Angélica, Porras Velasco, Igualdad y Diversidad Sexual. La Hegemonía de la Heterosexualidad en el Derecho Ecuatoriano, en Igualdad y nos discriminación. El reto de la diversidad, Danilo Caicedo y Angélica Porras (eds.), Quito, 2010, p. 569.(N)

[2] Poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Participación y Control Social, y Electoral.

[3] De la misma manera estaba comprendida la división tradicional de los tres poderes del estado, la diferencia es que el cuarto y quinto poder buscan establecer una democracia participativa y una justicia electoral efectiva respectivamente, bajo el presupuesto de institucionalizar mecanismos para garantizar y cumplir los derechos de participación.

[4] Roberto, Viciano y Rubén, Martínez, “Aspecto generales del nuevo constitucionalismo latinoamericano” en Luis Ávila (edit.), Política, Justicia y Constitución, Serie Crítica y Derecho No.2, Quito, 2011, p. 208. (N)

[5] Roberto, Viciano y Rubén, Martínez, “Aspecto generales del nuevo constitucionalismo latinoamericano”…p. 210.

[6] Registro Oficial del Ecuador (449) (2008, 20 octubre) Constitución de la República del Ecuador.

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *