CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Caso: “TELEAMAZONAS” 0213-10-EP
Sentencia del 18 de noviembre de 2010
Exposición del Caso
La Superintendencia de Telecomunicaciones consideró que la noticia transmitida el día 22 de mayo del 2009, en el noticiero 24 Horas, correspondía a una noticia basada en supuestos, carente de veracidad, al mencionar que: “La exploración de gas en la Isla Puná preocupa a sus habitantes, que el 60% vive de la pesca, y se les ha comunicado que ese trabajo quedará suspendido por alrededor de seis (6) meses”, para lo cual aportó pruebas, tanto en sede administrativa como la judicial, con certificaciones emitas por la Subsecretaría de Recursos Pesqueros, que según la Superintendencia, contradecía, desmentía y evidenciaba la falsedad de la noticia difundida por TELEAMAZONAS, razón por la que la Superintendencia de Telecomunicaciones inició un procedimiento en sede administrativa que ordenó la suspensión de emisiones del canal de televisión por 72 horas en cumplimiento del Art. 80 del Reglamento a la Ley de Radiodifusión y Televisión.
El señor Sebastián Corral Bustamante representante legal del Centro de Radio y Televisión CRATEL C. A., presentó una Acción de Protección, que fue resuelta a su favor, contra la resolución adoptada por la Superintendencia de Telecomunicaciones, que a través de su representante el Ingeniero Fabián Jaramillo Palacios, dedujo una Acción Extraordinaria de Protección contra la sentencia expedida.